¿Vas a comprar una casa en Perú? Estas son las obligaciones que tienen los vendedores

Como vendedor de una casa, existen ciertas obligaciones legales que se deben cumplir al momento de realizar la venta de la propiedad.

El vendedor de una vivienda tiene ciertas obligaciones legales que debe cumplir al momento de vender un inmueble. Estas obligaciones están establecidas en la Ley N° 27157, Ley de Regularización y Promoción de la Formalización de la Propiedad Informal, y en el Código Civil Peruano.

A continuación, te detallamos algunas de las obligaciones más comunes:

Impuesto a la renta (IR): 

Es el impuesto a la utilidad, es decir grava la utilidad de las personas, empresas u otras entidades legales. Este impuesto se calcula dependiendo que la Vendedora sea:   Persona natural o Persona jurídica.

Persona Natural: 

  • Hay que presentar a notaria el original del Boucher de pago y corroborar este pago a SUNAT con la clave SOL.
  • Renta de 2da Categoría o también conocida como “Ganancia de Capital”, se calcula de la siguiente manera:

(IR) = 5% x (Precio venta – Precio Adquisición Actualizado)

Donde: IR : Impuesto a la Renta / Precio Venta: Es el precio de venta indicado en el documento de compra – venta. / Precio Adquisición actualizado: Precio Costo Inmueble x Índice corrección Monetaria (ICM)

  • Están exonerados de este pago aquellas personas que, pueden demostrar que: El Inmueble fue adquirido antes del 01 enero del 2004

Persona Jurídica:

  • Para el proceso de compra venta de inmuebles, no hay que presentar ningún Boucher de pago.
  • Esta categoría está reservada para empresas, la cual graba las ganancias por un 29.5%.

Impuesto Predial y Arbitrios: 

Impuesto Predial:

  • Este tipo de impuesto es de naturaleza Municipal, el cual se paga por cualquier tipo de predio (inmuebles, terrenos, instalaciones fijas y permanentes), ya sea el precio urbano o rural.
  • Este pago le corresponde al Vendedor, el cual esta obligado a cancelarlo hasta el 31 de diciembre del año en curso en que se firma la minuta Compra Venta del Inmueble.
  • El Vendedor solicita a la Municipalidad la Constancia de No Adeudo Predial y esta se presenta a la Notaria.

Abitrios:

  • Se pagan en las municipalidades por concepto de Limpieza Pública, parques, jardines públicos y serenazgo.
  • Los arbitrios deben estar cancelados por El Vendedor hasta el mes de realizada la transacción.

Vender una propiedad es un proceso que demanda tiempo, dedicación y conocimiento. Si no cuenta con ellos es recomendable asesorarse por un agente inmobiliario, quien le ofrecerá asesoramiento integral durante el proceso de compra-venta de una propiedad.

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