¿Vas a comprar una casa en Perú? Estas son las obligaciones que tienen los vendedores

¿Vas a comprar una casa en Perú? Estas son las obligaciones que tienen los vendedores
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El vendedor de una vivienda tiene ciertas obligaciones legales que debe cumplir al momento de vender un inmueble. Estas obligaciones están establecidas en la Ley N° 27157, Ley de Regularización y Promoción de la Formalización de la Propiedad Informal, y en el Código Civil Peruano.

A continuación, te detallamos algunas de las obligaciones más comunes:

Impuesto a la renta (IR):

Es el impuesto a la utilidad, es decir grava la utilidad de las personas, empresas u otras entidades legales. Este impuesto se calcula dependiendo que la Vendedora sea: Persona natural o Persona jurídica.

Persona Natural:

  • Hay que presentar a notaria el original del Boucher de pago y corroborar este pago a SUNAT con la clave SOL.
  • Renta de 2da Categoría o también conocida como “Ganancia de Capital”, se calcula de la siguiente manera:

(IR) = 5% x (Precio venta – Precio Adquisición Actualizado)

Donde: IR : Impuesto a la Renta / Precio Venta: Es el precio de venta indicado en el documento de compra – venta. / Precio Adquisición actualizado: Precio Costo Inmueble x Índice corrección Monetaria (ICM)

  • Están exonerados de este pago aquellas personas que, pueden demostrar que: El Inmueble fue adquirido antes del 01 enero del 2004

Persona Jurídica:

  • Para el proceso de compra venta de inmuebles, no hay que presentar ningún Boucher de pago.
  • Esta categoría está reservada para empresas, la cual graba las ganancias por un 29.5%.

Impuesto Predial y Arbitrios:

Impuesto Predial:

  • Este tipo de impuesto es de naturaleza Municipal, el cual se paga por cualquier tipo de predio (inmuebles, terrenos, instalaciones fijas y permanentes), ya sea el precio urbano o rural.
  • Este pago le corresponde al Vendedor, el cual esta obligado a cancelarlo hasta el 31 de diciembre del año en curso en que se firma la minuta Compra Venta del Inmueble.
  • El Vendedor solicita a la Municipalidad la Constancia de No Adeudo Predial y esta se presenta a la Notaria.

Abitrios:

  • Se pagan en las municipalidades por concepto de Limpieza Pública, parques, jardines públicos y serenazgo.
  • Los arbitrios deben estar cancelados por El Vendedor hasta el mes de realizada la transacción.

Vender una propiedad es un proceso que demanda tiempo, dedicación y conocimiento. Si no cuenta con ellos es recomendable asesorarse por un agente inmobiliario, quien le ofrecerá asesoramiento integral durante el proceso de compra-venta de una propiedad.

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